INFORME PDI
Recibimos denuncias serias, fundadas y comprobables, hechas por funcionarios activos de la PDI, quienes piden mantener en reserva su identidad por temor a represalias. Esta información se refiere a graves irregularidades en el manejo de recursos fiscales de la institución, que incluso pueden ser constitutivas de delitos y sobre las cuales es necesario que se produzca un pronunciamiento de las entidades competentes.
La primera denuncia se refiere al arriendo de una casa ubicada en el sector de San Damián, comuna de Las Condes para ser utilizada como vivienda del Director General. Convenientemente a dicho inmueble se le asignó el tratamiento de “Cuartel Policial”. Así su mantención, servicios básicos, insumos y otros gastos, son asumidos con recursos fiscales, como también lo son los sueldos del personal institucional que allí trabaja en labores domésticas. Además, el Director General también ahorra el 10% del sueldo que le descuentan a todos los funcionarios que ocupan viviendas fiscales (artículo 91 del estatuto administrativo)
El inmueble que se arrendó para ser utilizado como vivienda por el Director General de la PDI, pertenece a Bienestar de la Fuerza Aérea de Chile y es una verdadera mansión que le cuesta al fisco $4.000.000 mensuales. Antes de su entrega se le hicieron reparaciones por valor de $32.380.521, contratación que se ejecutó vía “licitación flash” (Nº 2939-18-LE-19, del portal “Mercadopublico.cl”), publicado el primero de abril del 2019 con cierre el ocho de abril de .2019. Además, se contrataron servicios para la instalación de equipos de seguridad por aproximadamente 40 millones de pesos, y se habla incluso de otros gastos por ejecución de trabajos adicionales y adquisición de muebles, cuyos costos son “maquillados” para evitar que se conozcan.
Por instrucciones del Jefe de Gabinete en toda documentación financiera relativa a los gastos del inmueble que habita el Director General (pago de boletas, facturas y otros) se debe omitir la referencia a que se trata de su vivienda, señalando escuetamente la dirección (calle y número).
Existe alguna razón que justifique el arriendo de una casa que le significa un costo tan alto al fisco? El director General de la PDI arrendaba antes un inmueble en la comuna de Vitacura (también bajo la modalidad tramposa de “Cuartel Policial”) que cumplía con creces los requerimientos de una vivienda para un funcionario de su nivel. Además, la PDI cuenta con departamentos fiscales en Las Condes para el personal de mayor rango.
La segunda denuncia alude a la compra de dependencias para la Jefatura de Bienestar y Calidad de Vida de la PDI (JENABIEN). El inmueble está ubicado en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins, Número 1449, torre 7 piso 12 y tuvo un costo de $3.500.000.000, que fueron pagados con un crédito de la Mutual de Carabineros, de la cual es consejero el Director General de la PDI, quien además recibe una remuneración mensual adicional de $2.000.000 por sus funciones
La oficina número 121 del inmueble aparece inscrita a nombre de La Corporación de Ayuda a la Familia PDI (Corafam PDI) corporación solidaria sin fines de lucro que dirige María Magdalena Neira, cónyuge del Director General.
Para pagar el préstamo con el que se adquirieron las nuevas dependencias, una de las cuales aparece inscrita a nombre de CORAFAM PDI,( con un avalúo fiscal de $542.595.297), mediante la Orden General N° 2485 de 18 de enero de 2017 se ordenó aumentar el descuento que se hace a los funcionarios socios (activos y pasivos) de la JENABIEN, pasando de un 1,5% a 1,99% del sueldo base, con el pretexto de que se traduciría en mayores prestaciones sociales. Sabemos que no fue así. Sabemos que se usaron para pagar las nuevas dependencias, y que incluso con aportes de los socios de la JENABIEN se compró una oficina a nombre de una corporación de derecho privado como es CORAFAM PDI.
Se justificó esa compra? Informan los funcionarios de la PDI que siempre se había utilizado recintos fiscales y que existen otras prioridades, como son la evidente falta de viviendas , y las pésimas condiciones de las que administra JENABIEN en la calle Mapocho en Santiago, en Avenida Independencia y Sector el Cortijo de Conchalí
La tercera denuncia alude al arreglo de autos fiscales usando dineros de propiedad de los socios del Fondo de Reparación de vehículos de la PDI, que es particular. (Orden General número 2.156 de 4 de julio del 2007.
El fondo de reparación de vehículos es un fondo particular de propiedad de funcionarios de la PDI (Dictamen de Contraloría N° 18.129 de 2010 y N° 23.114 de 2007, como también Informe Final N° 79 de 2011 de auditoría a Jenaex). Se constituye con aportes de los socios y su objetivo es asistirlos en caso de que resulten responsables por los daños causados a un vehículo fiscal, una vez concluido el sumario administrativo pertinente, y previo cobro a través de un juicio de cuentas.
En septiembre 9 del 2016 la Dirección General emitió la Orden General Número 2.470, mediante la cual, arbitrariamente ordenó que se cubriera con los recursos del fondo (que como se sabe, son de los socios) la reparación de todos los vehículos fiscales con daños sufridos desde el año 2011 hasta esa fecha, con el solo requisito de que en el accidente que dio origen al daño su conductor fuera socio del fondo, sin importar si éste era o no responsable, y, de igual manera, que con los mismos recursos se cubrieran los daños a vehículos que estuvieran con Acta Circunstanciada, mecanismo para dar cuenta de daños producidos en procedimientos policiales (allanamientos, agresiones de parte de terceros, etc), pero que no son de responsabilidad de los funcionarios.
En vez de acudir al procedimiento regular, vale decir, reparar los autos con fondos fiscales e iniciar juicios de cuentas o acciones judiciales contra los terceros responsables, la Dirección General echó mano a los dineros de los asociados. Fue un acto confiscatorio de los recursos del fondo, que además se hizo a sabiendas de que en muchos casos no será posible recuperarlos, pues el Consejo de Defensa del Estado no interviene cuando la cuantía de los daños es inferior a 200 UF (aproximadamente cinco millones quinientos mil pesos).
Con la reparación de los autos fiscales en la modalidad ordenada por la Dirección de la PDI, se pasaron a llevar las atribuciones del Consejo Directivo del Fondo, se omitieron los procesos administrativos y financieros (licitación-acuerdo marco reglamentarios), y nunca se establecieron los mecanismos transparentes para establecer los montos a pagar. En síntesis, hubo un enriquecimiento ilícito del fisco al utilizar dineros particulares que no estaban asignados al presupuesto fiscal.
También relatan los denunciantes del uso de fondos de la Jefatura Nacional de Bienestar y calidad de vida de la PDI (JENABIEN), que se constituyen con aportes de todos los socios, para habilitar un gimnasio de uso exclusivo y gratuito para el personal de la Jefatura Nacional de Inteligencia Policial (JENAINPOL). Cabe advertir que en el gimnasio del Cuartel de Independencia, también de propiedad de JENABIEN, los funcionarios sí deben pagar por usarlo.
La desprolijidad y abuso en el manejo de recursos fiscales por parte de la PDI parece ser una práctica extendida. Da cuenta de ello el Informe de la Contraloría General de la República, de fecha 20 de noviembre del 2017, en el cual se constató que la entidad pagó más de cuatro mil millones de pesos en “viajes de estudio” que fueron cuestionados. El informe es categórico en señalar que los viajes no tuvieron relación con los objetivos institucionales de la policía de investigaciones. El detalle de las irregularidades aparece en un reportaje del diario The Clinic https://www.theclinic.cl/2019/05/06/escuelas-de-la-pdi-gastaron-mas-de-cuatro-mil-millones-de-pesos-en-giras-de-estudio-cuestionadas-por-contraloria/
En momentos en que se cuestiona el uso de gastos reservados por parte de organismos públicos, en que se conocen los casos de corrupción asociados a Carabineros de Chile y a las Fuerzas Armadas, con mayor razón se le exige a la PDI transparencia: que aclare todo lo referente a las denuncias señaladas por los funcionarios.
Finalmente, es curioso, por decir lo menos, que el Consejo de Defensa del Estado, específicamente el Abogado Procurador Fiscal de Santiago) no intervenga en juicios civiles contra particulares responsables de colisiones a autos fiscales, cuando el valor de los daños es inferior a las 200 UF. Esas demandas podrían encargarse a abogados externos, que trabajen cuota litis (por un porcentaje de lo recuperado).
Equipo redactor Fundación Nueva Mente